{"id":4610,"date":"2017-12-04T10:49:48","date_gmt":"2017-12-04T10:49:48","guid":{"rendered":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/?p=4610"},"modified":"2021-06-04T15:28:18","modified_gmt":"2021-06-04T15:28:18","slug":"ecuador-en-el-tratado-de-libre-comercio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/ecuador-en-el-tratado-de-libre-comercio\/","title":{"rendered":"Ecuador en el tratado de libre comercio"},"content":{"rendered":"<p><em>A prop\u00f3sito de la reuni\u00f3n de la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio en Argentina, a modo de resumen, publicamos una selecci\u00f3n textos y las conclusiones de nuestra investigaci\u00f3n sobre los impactos del Acuerdo Comercial de la Uni\u00f3n Europea en el sector de la salud del Ecuador. La investigaci\u00f3n completa se puede leer dando <\/em><a href=\"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-content\/uploads\/2017\/09\/TLC_Salud_PlataformaSalud.pdf\">click <em>en el enlace<\/em><\/a><em>.<\/em><\/p>\n<hr \/>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El viernes 11 de noviembre de 2016, el exvicepresidente de la Rep\u00fablica, Jorge Glas,\u00a0en representaci\u00f3n del gobierno, suscribi\u00f3\u00a0el Protocolo de Adhesi\u00f3n de Ecuador al Acuerdo\u00a0Comercial Multipartes con la Uni\u00f3n Europea,\u00a0que entr\u00f3 en vigencia desde el 1 de enero del\u00a02017. Este acuerdo se firm\u00f3 a pesar de que en\u00a0distintas ocasiones se hab\u00eda reconocido que,\u00a0por primera vez, se trataba de exponer al pa\u00eds a\u00a0los problemas y riesgos que genera un TLC a un\u00a0pa\u00eds no industrializado como el Ecuador.<\/p>\n<p>Colombia y Per\u00fa suscribieron el TLC el 26 de\u00a0junio del 2012; entr\u00f3 en vigor el 1 de marzo del 2013. La adhesi\u00f3n de Ecuador, tres a\u00f1os\u00a0m\u00e1s tarde, implic\u00f3 la aceptaci\u00f3n casi \u00edntegra\u00a0del cuerpo del tratado, con algunas diferencias\u00a0en los llamados \u201canexos\u201d y \u00abplazos\u00bb (listas de los productos espec\u00edficos concedidos\u00a0por las partes -UE-Ecuador- y tiempos para aplicar el Acuerdo). Para los tres pa\u00edses la negociaci\u00f3n incluy\u00f3 los cap\u00edtulos de acceso a mercados, compras p\u00fablicas y propiedad\u00a0intelectual, entre otros.<\/p>\n<p>Las pocas investigaciones que existen coinciden\u00a0en que este TLC contribuir\u00e1 modestamente a la econom\u00eda y, al contrario, puede generar\u00a0impactos sociales negativos sobre la salud, el empleo y la pobreza.\u00a0La CEPAL (2017) estima que el TLC con la UE casi no tendr\u00e1 un impacto\u00a0en el crecimiento econ\u00f3mico del Ecuador, contribuyendo al crecimiento del PIB tan solo en 0.1%; adem\u00e1s determina que el TLC incrementar\u00e1 m\u00e1s las importaciones (0.2%) que las exportaciones (0.1%).<\/p>\n<p>Desde la firma del TLC, Colombia y Per\u00fa han visto deteriorarse su balanza comercial de bienes frente a la<br \/>\nUE en 170% y 64%, respectivamente. Se puede esperar un deterioro m\u00e1s grave para el Ecuador,\u00a0tomando en cuenta que es el pa\u00eds menos industrializado de los tres.<\/p>\n<p>El Acuerdo Comercial de la\u00a0Uni\u00f3n Europea (UE) fue animado por los\u00a0intereses de corporaciones como Novartis\u00a0 (Suiza), Bayer (Alemania), Roche (Suiza), Glaxo (Inglaterra) o Aventis (Francia) en conjunto con otras\u00a0transnacionales. Estas son algunas de las principales corporaciones que se beneficiar\u00e1n con los\u00a0acuerdos establecidos entre Ecuador y Europa en\u00a0materia comercial, servicios, protecci\u00f3n de propiedad\u00a0intelectual y compras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>La globalizaci\u00f3n del mercado neoliberal contribuy\u00f3 a la consolidaci\u00f3n de estas transnacionales,\u00a0que se popularizaron en los medios de comunicaci\u00f3n\u00a0como <em>Big Pharma<\/em>, que, junto con un\u00a0conglomerado de corporaciones, instituciones\u00a0privadas y despachos pol\u00edticos, han sido denunciadas por su poder para imponer el <em>establishment<\/em>\u00a0del sistema farmac\u00e9utico.<br \/>\n.<br \/>\nEste Acuerdo Comercial es un segmento del marco institucional internacional que contribuye a\u00a0garantizar las ganancias financieras de las farmac\u00e9uticas transnacionales europeas, las mismas\u00a0que act\u00faan en alianza con un segmento\u00a0empresarial de los pa\u00edses andinos (Colombia, Per\u00fa y Ecuador) con capacidad\u00a0de presionar sobre los aparatos estatales\u00a0en funci\u00f3n de asegurar sus intereses.<\/p>\n<p>La \u00e9lite empresarial local, ganadora con el Acuerdo Comercial, est\u00e1 estructurada alrededor de actividades\u00a0de\u00a0 agroexportaci\u00f3n, miner\u00eda, importaciones y\u00a0finanzas. Se trata de una clase empresarial intermediaria,\u00a0cuyo rol se centra en facilitar el\u00a0proceso de acumulaci\u00f3n del bloque europeo\u00a0a trav\u00e9s de tres procesos:<\/p>\n<ul>\n<li>en primer lugar,\u00a0asegurando el abasto de materias primas;<\/li>\n<li>en\u00a0segundo lugar, siendo funcionales al consumo de\u00a0de los bienes industriales europeos;<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">y, por \u00faltimo, permitiendo la articulaci\u00f3n financiera.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Aqu\u00ed confluyen los intereses de las empresas nacionales y transnacionales. Aunque no mantengan<br \/>\nrelaciones de negocios directas, act\u00faan\u00a0en funci\u00f3n de perpetuar el sistema general de\u00a0relaciones comerciales dependientes.<\/p>\n<p>El denominado Acuerdo Comercial Multipartes con la Uni\u00f3n Europea es realmente un TLC que\u00a0ampl\u00eda los derechos de las transnacionales\u00a0e impide la extensi\u00f3n de garant\u00edas para el cumplimiento de los Derechos Humanos. Al mismo tiempo, disminuye la soberan\u00eda del Estado\u00a0ecuatoriano para ejercer la rector\u00eda sobre\u00a0sus propias pol\u00edticas p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Particularmente, el TLC reduce la capacidad\u00a0del Estado para desarrollar su propia capacidad industrial y su desarrollo tecnol\u00f3gico. Esta\u00a0posibilidad le ayudar\u00eda a Ecuador a mejorar el control\u00a0sobre su r\u00e9gimen de salud. El TLC debilita las\u00a0oportunidades de acceso a medicamentos\u00a0seguros y de calidad, principalmente frente al riesgo de desabastecimiento fortuito o al incremento\u00a0de precios que pueden darse debido\u00a0a la protecci\u00f3n de los monopolios.<\/p>\n<p>El incremento de las importaciones por levantamiento de protecciones arancelarias de productos\u00a0qu\u00edmicos y farmac\u00e9uticos, y por mayor\u00a0incentivo reorientado a la adquisici\u00f3n p\u00fablica\u00a0de medicamentos europeos, afecta negativamente\u00a0a la balanza comercial y acelera la p\u00e9rdida\u00a0de divisas, ejerciendo mayor presi\u00f3n al d\u00e9ficit de la balanza de pagos.<\/p>\n<p>Resultado del TLC, desde el 1 de enero de 2017 el 81% de los productos qu\u00edmicos y farmac\u00e9uticos quedaron desprotegidos por el levantamiento de los aranceles aduaneros. Las importaciones de estas subpartidas desprotegidas crecieron 15% hasta mayo de 2017 en relaci\u00f3n con el mismo per\u00edodo \u2013enero a mayo\u2013 del a\u00f1o anterior. En contraste, las importaciones de las 50 partidas que todav\u00eda tienen alg\u00fan tipo de protecci\u00f3n decrecieron -7%. Hasta mayo de 2017 las importaciones de productos qu\u00edmicos y farmac\u00e9uticos con arancel 0 crecieron USD 4.95 millones en relaci\u00f3n con el mismo per\u00edodo en 2016. Mientras tanto, las importaciones del mismo tipo protegidas por aranceles del 5%, 10% y 15% disminuyeron su valor en USD 5.52 en relaci\u00f3n con el a\u00f1o anterior.<\/p>\n<p>Entre 2017 y 2020 las importaciones de medicamentos se incrementar\u00e1n por lo menos USD 116 millones m\u00e1s que entre 2013 y 2016. Entre 2017 y 2020 los medicamentos dejar\u00e1n una p\u00e9rdida de divisas de por lo menos USD 1 392 millones. A su vez, y especialmente\u00a0en un pa\u00eds dolarizado, esto repercute sobre el d\u00e9ficit fiscal por las necesidades\u00a0de inyectar liquidez a la econom\u00eda mediante el\u00a0incremento de deuda externa.<\/p>\n<p>El TLC consolida la relaci\u00f3n de dependencia del Ecuador respecto del mercado y del desarrollo tecnol\u00f3gico de los pa\u00edses miembros de la UE. El pa\u00eds incrementar\u00e1 sus importaciones de bienes de capital y bienes industrializados, mientras exportar\u00e1 alimentos y materia prima para insumos requeridos por la industria europea. Tambi\u00e9n se puede prever que el bloque europeo acelerar\u00e1 el desplazamiento del mercado intrarregional. En el comercio de productos qu\u00edmicos y farmac\u00e9uticos pierden participaci\u00f3n en el Ecuador pa\u00edses como Colombia, Panam\u00e1, Brasil, M\u00e9xico, Argentina y Chile, frente a un mayor despliegue de Alemania, Francia, B\u00e9lgica, Italia, Espa\u00f1a e Inglaterra.<\/p>\n<p>Estructuralmente (en el per\u00edodo 2013-2016 con respecto al 2009-2012), las importaciones ecuatorianas de f\u00e1rmacos desde la UE son las que m\u00e1s crecen: a una tasa del 58%. Adem\u00e1s, la UE tiende a desplazar a otros proveedores farmac\u00e9uticos del mundo y de la regi\u00f3n latinoamericana: las importaciones ecuatorianas de farmac\u00e9uticos de origen europeo crecieron 506%, mientras que las del resto del mundo crecieron 204%.<\/p>\n<p>La participaci\u00f3n europea en compras p\u00fablicas se incrementar\u00e1, desplazando en el \u00e1mbito local a los laboratorios, proveedores de servicios m\u00e9dicos y empresas de construcci\u00f3n ecuatorianos. Este efecto se opone a la planificaci\u00f3n p\u00fablica, que tiene como objetivo fomentar la producci\u00f3n local, incrementar la participaci\u00f3n del valor agregado nacional y reducir la salida de divisas.<\/p>\n<p>Entre las <em>Big Pharma<\/em> que m\u00e1s se beneficiar\u00e1n se encuentran algunas que actualmente cuentan con una posici\u00f3n hegem\u00f3nica en el mercado ecuatoriano, como Roche, Novartis y Aventis.<\/p>\n<p>La contribuci\u00f3n de la industria farmac\u00e9utica nacional al cambio de la matriz productiva se ver\u00e1 seriamente limitado. Adem\u00e1s, esta industria reducir\u00e1 su capacidad para generar empleos, afectando de manera particular al empleo femenino. Una adjudicaci\u00f3n de USD 50 millones a la industria europea, desplazando a las adjudicaciones nacionales, podr\u00eda significar una p\u00e9rdida de 2 176 empleos en Ecuador. De estos empleos, 935 son para mujeres.<\/p>\n<p>En cuanto a propiedad intelectual, el TLC ampl\u00eda los derechos de los propietarios de patentes que ganaron privilegios en la adhesi\u00f3n del Ecuador a la OMC y que ahora son favorecidos con la protecci\u00f3n de los datos de prueba. Esta concesi\u00f3n protege por cinco a\u00f1os m\u00e1s los altos precios monop\u00f3licos de los medicamentos. El ADPIC ya consigui\u00f3 incrementar el precio de los medicamentos y, en consecuencia, contribuy\u00f3 a restringir el acceso. Las patentes de productos farmac\u00e9uticos obtuvieron 20 a\u00f1os de exclusividad en favor del monopolio, m\u00e1s los cinco a\u00f1os que les otorga el TLC.<\/p>\n<p>La exclusividad de los datos de prueba protege el monopolio de los titulares de las patentes y mantiene fuera a la competencia y a la innovaci\u00f3n impulsadas por los productores privados y p\u00fablicos de gen\u00e9ricos. Esta particularidad no se encuentra en sectores de la econom\u00eda distintos al de los laboratorios farmac\u00e9uticos. Sin embargo, no parece existir ninguna justificaci\u00f3n para que quienes controlan y centralizan la industria farmac\u00e9utica obtengan un tratamiento especial.<\/p>\n<p>Peor aun trat\u00e1ndose de un campo tan sensible como el del derecho a la salud de la poblaci\u00f3n. El incremento de los precios de los medicamentos que permite el TLC, es regresivo en t\u00e9rminos de acceso a la salud, e incrementar\u00e1 el gasto de bolsillo de los hogares. Actualmente, la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre gasta el 65% de su presupuesto para salud \u00fanicamente en f\u00e1rmacos. Los est\u00e1ndares y procedimientos incorporados en este TLC no eliminan los riesgos de posiciones monop\u00f3licas en torno a la producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de medicamentos en manos de farmac\u00e9uticas europeas, encareciendo su precio ante la ausencia de competencia.<\/p>\n<p>Esto se suma al creciente proceso de concentraci\u00f3n del mercado ecuatoriano. El TLC con la UE ha abierto la posibilidad de firmar nuevos TLC con pa\u00edses industrializados, como China y Estados Unidos. Los art\u00edculos 198 y 199 del TLC incluyen los principios de Trato Nacional y Naci\u00f3n m\u00e1s Favorecida para los derechos de propiedad intelectual. Como consecuencia, eliminar\u00edan para el Ecuador lo poco que gan\u00f3 en propiedad intelectual (en el caso de que llegue a firmar un TLC con Estados Unidos).<\/p>\n<p>Al contrario de lo que se ha hecho con el actual TLC, se debi\u00f3 pensar en mecanismos para fomentar la investigaci\u00f3n y desarrollo interno \u00a0y, principalmente, el impulso agresivo del desarrollo de una industria farmac\u00e9utica p\u00fablica. Tambi\u00e9n se pudo avanzar en estrategias de compras conjuntas para la comercializaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de medicamentos, tales como las adquisiciones p\u00fablicas en licitaciones impulsadas por bloques regionales como el Mercosur.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, es necesario ahondar en otras formas de incentivo para la industria farmac\u00e9utica que no incluyan los precios de monopolio, tal como han hecho, con buenos resultados, la India y Brasil. En ese sentido es fundamental recuperar iniciativas como la creaci\u00f3n de la Empresa P\u00fablica de F\u00e1rmacos (Enfarma EP). Con su cierre se perdi\u00f3 una oportunidad hist\u00f3rica para superar la dependencia comercial y tecnol\u00f3gica en el \u00e1rea de medicamentos. Es necesario relanzar nuevas estrategias, evitando los errores derivados de la falta de rector\u00eda y de la subestimaci\u00f3n de la correlaci\u00f3n de fuerzas ejercida por actores transnacionales y nacionales preocupados por una posible competencia p\u00fablica.<\/p>\n<p>Por estas razones, creemos que el TLC con la UE atenta contra las garant\u00edas constitucionales para proteger los derechos de la poblaci\u00f3n. Sobre todo, viola el art\u00edculo 421 de la Constituci\u00f3n, que establece: \u201cLa aplicaci\u00f3n de los instrumentos comerciales internacionales no menoscabar\u00e1, directa o indirectamente, el derecho a la salud, el acceso a medicamentos, insumos, servicios, ni los avances cient\u00edficos y tecnol\u00f3gicos\u201d.<\/p>\n<hr \/>\n<p>Referencias<\/p>\n<p>CEPAL. Evaluaci\u00f3n de los posibles impactos de un acuerdo comercial entre el Ecuador y la Uni\u00f3n Europea.<br \/>\nColecci\u00f3n: documentos de proyectos, estudios e investigaciones. Santiago de Chile:\u00a0Naciones Unidas, 2017.<\/p>\n<p>\u2014 Integraci\u00f3n comercial con la Uni\u00f3n Europea e impactos sobre la pobreza en el Ecuador. Santigo de<br \/>\nChile, 2010.<\/p>\n<p>\u2014 Los efectos potenciales del tratado de libre comercio entre Ecuador y Estados Unidos en las mujeres<br \/>\nrurales ecuatorianas. Chile, 2006.<\/p>\n<p>Iturralde Pablo.\u00a0La nueva epidemia.\u00a0Impactos del Tratado de Libre Comercio con la Uni\u00f3n Europea<br \/>\nen el sector de la salud del Ecuador. Plataforma por el Derecho a la Salud. Quito, 2017.<\/p>\n<hr \/>\n<p><strong>Comunicaci\u00f3n con responsable de investigaci\u00f3n, Pablo Jos\u00e9 Iturralde, piturralde@cdes.org.ec\u00a0<\/strong>    \t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A prop\u00f3sito de la reuni\u00f3n de la Organizaci\u00f3n Mundial del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4617,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_siteseo_robots_primary_cat":"","_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[5,23],"tags":[],"class_list":["post-4610","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-informes","category-tlc"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4610","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4610"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4610\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7137,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4610\/revisions\/7137"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4617"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4610"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4610"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cdes.org.ec\/webantigua\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4610"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}